Los robots también sueñan con contratos de trabajo indefinidos

A finales de septiembre, saltó una nueva polémica. Una sentencia del juez Javier Ercilla, titular del Juzgado de lo Social nº 10 de Las Palmas, trascendió el pequeño alcance del círculo de expertos que están al día de las novedades doctrinales y apareció en medios de alcance nacional como El País. 

La sentencia declaraba improcedente el despido de una oficial de contabilidad que había sido sustituida por un programa informático. El programa, al contrario que la trabajadora, podía prestar servicios durante veinticuatro horas los siete días de la semana. Además, la licencia de uso anual le costaba a la empresa menos de la mitad del salario bruto que tenía que pagar a su empleada. Su despido, por tanto, no se hizo esperar. 

Pero según el juez Ercilla, el despido de una persona por razones de mera conveniencia no puede encontrar cobijo en un despido objetivo, «una forma de privilegiada de despido que no puede amparar la automatización». Lo contrario implicaría favorecer, bajo el pretexto de la competitividad, una reducción del derecho al trabajo para aumentar la libertad de empresa.

Sin embargo, esta sentencia, que ha trascendido por sus peculiares argumentos, no es la primera que se pronuncia sobre la automatización como causa de despido (previsiblemente, tampoco será la última). A finales de julio, el día 23, el TSJ de Madrid dictó una sentencia sobre el mismo tema. En ella, alcanzaba la conclusión contraria a la del juez Ercilla, y avalaba el ERE de una empresa por causas, entre otras, técnicas, que se concretaban en la automatización de los puestos de trabajo. 

¿Qué doctrina prevalecerá? Es imposible saberlo más allá de la mera especulación, pero los argumentos de la sentencia de Las Palmas, más filosóficos que jurídicos, plantean serias dudas. Si una de las causas válidas del despido objetivo es que se produzcan cambios en los medios de producción de una empresa, ¿qué otra cosa podría ser la automatización de un puesto de trabajo sino eso precisamente? ¿No es la automatización, precisamente, un cambio en los medios de producción? Pretender lo contrario sería vaciar de contenido esa causa legal de despido, amén de tratar de poner, a través del arbitrio judicial, puertas al campo abierto e inabarcable de la innovación tecnológica.



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