Ir de cañas con el coche de empresa en horario laboral es motivo de despido

En una sentencia del pasado 24 de julio, el TSJ de Castilla y León declara procedente el despido disciplinario de un trabajador que, además de abandonar sus funciones, utilizaba el vehículo de empresa durante su jornada laboral para realizar gestiones personales e ir de bares. 

El trabajador ejercía las funciones de «supervisor encargado de zona» para la empresa Claro Sol Cleaning S.L., dedicada a labores de limpieza. Esencialmente, su trabajo consistía en desplazarse entre los distintos centros de trabajo de la empresa para comprobar que el resto de trabajadores hacía su trabajo correctamente e informar a la empresa de las incidencias que pudieran surgir durante la jornada. Como su zona de supervisión abarcaba cerca de cincuenta centros de trabajo, el trabajador contaba con un vehículo de empresa para agilizar los desplazamientos.

Sin embargo, poco antes de su despido, la empresa descubrió que, lejos de cumplir con esas funciones, el trabajador aparcaba el coche en su domicilio a mitad de la mañana y se quedaba en casa hasta que llegaba la hora de recoger a su hija en el colegio o a su mujer en el trabajo. Y cuando salía, utilizaba el vehículo de empresa para gestiones personales, como ir a una obra para cargar materiales e incluso para ir al bar a tomarse unas cervezas. 

La empresa, considerando «absolutamente intolerable que [el trabajador] se aproveche de su autonomía en el trabajo para efectuar una dejadez de las tareas del puesto de trabajo que desempeña», lo despidió disciplinariamente. Algo que a él le pareció injustificado, pues, según su criterio, los hechos eran conocidos y tolerados; y además, no revestían la gravedad suficiente como para motivar un despido. 

La sentencia del TSJ, por su parte, considera que la conducta del trabajador «es claramente ajena a la buena fe contractual exigible y que sanciona como despido el Art. 54.2.d) ET». La deslealtad implica siempre una conducta totalmente contraria a la que habitualmente ha de observar el trabajador, algo que en este supuesto parece evidente, pues si la empresa tuviera interés en que el trabajador dedicara su jornada a estar en su casa y beber cerveza, «supervisor» no sería el mejor título para describir sus funciones.



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